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title: "Extienden por 30 días el Plan Especial de Facilidades de Pago de ATER"
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description: "La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) informa que, mediante la Resolución Nº 513/25, se dispuso prorrogar por 30 días la vigencia del Plan Especial de Facilidades de Pago 2025, una herramienta diseñada para acompañar y aliviar a los contribuyentes en el proceso de regularización de sus obligaciones tributarias."
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date_published: "2025-12-02T15:34:00-03:00"
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# Extienden por 30 días el Plan Especial de Facilidades de Pago de ATER

![ATER FACHADA-1](/download/multimedia.normal.b74ead6d1eca6a02.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

Se mantienen los beneficios vigentes de la tercera etapa, y la adhesión podrá realizarse hasta el 30 de diciembre de 2025  
  
De este modo, el régimen -que originalmente finalizaba el 30 de noviembre- se extenderá hasta el 30 de diciembre de 2025, manteniendo las mismas condiciones y beneficios correspondientes a la tercera etapa.

**Beneficios**  
Durante este período adicional, quienes adhieran podrán regularizar deudas con vencimiento hasta el 30 de junio de 2025, accediendo a las siguientes opciones de pago:

- Pago al contado: 60 por ciento de condonación de multas y 60 por ciento de intereses.

- 3 cuotas: 40 por ciento de condonación de multas y 50 por ciento de intereses. Anticipo: 20 por ciento.

- 5 cuotas: 20 por ciento de condonación de multas y 30 por ciento de intereses. Anticipo: 25 por ciento.

**Requisitos y modalidad de adhesión**

Para acceder a los beneficios, las y los contribuyentes deberán:

- Estar adheridos a la Boleta Digital.

- Haber cancelado las obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio de 2025 correspondientes a los imponibles que pretenden regularizar.

La modalidad general y obligatoria de acogimiento continúa siendo vía web, ingresando con Clave Fiscal al sitio oficial de ARCA, en la sección "Servicios de ATER".

**Oportunidad**

Desde ATER destacaron que esta extensión "busca dar una oportunidad adicional a quienes, por distintas razones, no pudieron completar su adhesión dentro del plazo original, manteniendo condiciones de financiación que continúan siendo favorables en el actual contexto económico".

**Vías de contacto**  
Para consultas, ATER ofrece sus canales habituales de atención:

- Teléfono: 0810-888-2837 (lunes a viernes, de 8 a 13).

- Correo electrónico: consultas@ater.gob.ar

- Sitio web oficial: www.ater.gob.ar

- Atención presencial: en las oficinas y receptorías de ATER en toda la provincia.

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