
La Municipalidad colocó carteles que prohíben la compra y venta ambulante
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En la gacetilla de prensa, el estado municipal explicó que serán considerados "vendedores ambulantes" todas las personas que ejerzan en forma habitual o esporádica el comercio en la vía pública, ofreciendo su mercadería puerta a puerta, en forma pedestre o utilizando vehículo de cualquier tipo.
Quedan EXCLUÍDOS de la descripción anterior quienes realicen promociones y/o ventas a domicilio en relación de dependencia de instituciones y/o organismos públicos locales y provinciales.
Por tanto queda PROHIBIDO desarrollar la venta ambulante dentro del ejido de la ciudad de Larroque.
En consecuencia, quienes infrinjan esta ordenanza serán pasibles de una multa cuyo valor se establecerá en base a unidades fijas, siendo el valor de una unidad fija (UF) el equivalente al precio de venta al público de un litro de nafta súper en las estaciones de servicio Y.P.F de la ciudad de Larroque.
Por último, se recuerda que dicha Ordenanza, con todas sus Disposiciones, se encuentra publicada en el Boletín Oficial.






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